República de Colombia – Poder Ejecutivo
Visto el memorial elevado al Gobierno por el señor José E. De la Rosa, a fin de que se conceda Personería Jurídica a la «SOCIEDAD HERMANOS DE LA CARIDAD», establecida en Barranquilla, capital del Departamento del Atlántico y teniendo en consideración que en los Estatutos de la Sociedad no se encuentra nada que se oponga al orden legal ni a las buenas costumbres,
R E S U E L V E :
Concédase Personería Jurídica a la «SOCIEDAD HERMANOS DE LA CARIDAD» establecida en Barranquilla (artículos 47 y 49 de la Constitución).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dada en Bogotá, a 14 de junio de 1907
El Presidente de la República,
Rafael Reyes
El Ministro de Gobierno,
D. Euclides de Angulo
(Diario Oficial número 12.995, de 6 de julio de 1907)
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El contenido de esta resolución fue tomado de la obra HISTORIA DE LA SOCIEDAD HERMANOS DE LA CARIDAD. Marthe Zapata, Leonello. Editorial Multiletras Ltda. Primera edición. Julio de 1996. Colombia. P. 49.
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