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Tomás Cipriano de Mosquera |
El
Supremo Consejo Central Colombiano, fue fundado el 3 de junio de 1864 por el prócer y general Tomás
Cipriano de Mosquera. Asimismo fue su primer Gran Comendador Ad-Vitan y gran protector
de la Masonería de la Nueva Granada.
Seguidamente nos permitimos presentar un extracto del acta del 25 de septiembre de 1938:
SUPREMO CONSEJO CENTRAL
COLOMBIANO
Fundado en Bogotá el 3 de
junio de 1864
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Escudo Sup. Cons. Jurisdicción del Centro |
Abierta la sesión en forma litúrgica,
(…)
II
El Sob:. Gr:. Comendador hace saber que, de acuerdo con el artículo
primero con el Tratado de fecha 12 de agosto próximo pasado, que se inserta en
el acta que acaba de leerse, el Supremo Consejo Central Colombiano, debe hacer
la declaración solemne de entrar en sueño y abatir sus CCol:., para que desde
ese mismo instante sea reconocida como única autoridad masónica en todo el
territorio de la República de Colombia, el Supremo Consejo Neogranadino, hoy
Colombiano. Manifiesta el Sob:. Gran Comend:. que reconoce el sacrificio que en
aras de la unidad de la Orden han hecho los SSob:. GGr:. IInsp:. del Supremo
Consejo Central Colombiano, al permití- y autorizar expresamente la
terminación de un organismo que no sólo fue siempre
integrado por altas personalidades nacionales y políticas, sino que creó ese
espíritu fraternal que nos ha unido con muy estrechos lazos, y ha fomentado nuestro fervor masónico de convencidos en
los beneficios que a la Humanidad trae nuestra Institución. Agrega, que en
adelante esos ideales y ese espíritu fraternal recibirán nuevo vigor con la
cooperación de muy III:. HH:., que a su vez han mostrado el alto interés que
los mueve en beneficio de la Institución.
Hace una breve reseña de lo que significa el trascendental paso que va
a darse, y que no es sino el principio de la transformación total que se efectuará en la
Masonería, cuyas Cámaras Altas servirán de inspiración y ejemplo a la Masonería
del país, para seguir el camino recto de la fraternidad universal y obtener
relaciones cordiales y permanentes con los Organismos regulares diseminados por
el mundo.
Para
terminar, anuncia que va a procederse a la ceremonia indicada, y pide a los
presentes que se sirvan ponerse de pie. Acto seguido, a las cuatro de la tarde
en punto, hace textualmente la declaración siguiente: “A nombre del Supremo
Consejo Central Colombiano, y con la autorización expresa de todos los SSob:.
GGr:. IInsp:. GGen:. que lo componen, declaro solemnemente, en desarrollo del
Tratado celebrado con el Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano, el doce
de agosto del presente año, que desde este instante suspende definitivamente
sus labores y abate sus CCol:., para que sea el Supremo Consejo Neogranadino,
hoy Colombiano, la única autoridad de la Masonería Capitular, Filosófica y
Administrativa en Colombia”. “¿Juráis, PPod:. HH:., acatar la autoridad del
Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano, y laborar con todo fervor y
entusiasmo por el triunfo de sus programas e ideales?”. Habiéndose obtenido una
contestación afirmativa y unánime, dispone el Sob:. Gran Comend:. que lodos los
SSob:. GGr:. IInsp:. GGen:. presentes firmen esta acta y se envíe una copia al
Sob:. Gran Comend:. del Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano.
III
Se
lee por la Secretaría el Pal:. de fecha 20 de septiembre, dirigido por el
Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano, en que avisa haber hecho elección
de Miembros Activos y Honorarios, de acuerdo con el artículo 2º del Tratado…
Igualmente se informa en ese Pal:., que en Ten:. del 19 de septiembre,
de acuerdo con el artículo 4º del Tratado, se fijó el día primero de octubre para elección
de DDig:. y OOf:. del Supremo Consejo, para cuyo fin, los Miembros Activos
pueden nombrar sus respectivos Delegado.
(…)
La
sesión se clausuró en
forma estatutaria.
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