Por: Mario Morales Charris 33º
Ven:. Maest:. Resp:. Log:. Lealtad No. 7
Ex Gran Maestro de la Muy Resp:. Gr:. Log:. del Norte de Colombia
Ven:. Maest:. Resp:. Log:. Lealtad No. 7
Ex Gran Maestro de la Muy Resp:. Gr:. Log:. del Norte de Colombia
Pres:. Gran Consejo de Cab:. Kadosch «Lealtad Nº 3», Cám:. 30°
Las latinoamericanas sufren más el desempleo: en 1998 la tasa superaba el 50%; asimismo, consiguen los peores trabajos, cobran menos en igualdad de condiciones, y a diferencia de los hombres destinan todos sus ingresos a la familia…!
Hoy por hoy, vemos cómo la mujer ha logrado en forma definitiva librarse del esclavismo sexual o de la discriminación de género a que fue sometida primitivamente. Así por ejemplo, Platón consideraba un absurdo y una contradicción si se le designaban los mismos oficios del hombre. No porque no los pudiera realizar, sino porque pensaba que la mujer era inferior al hombre.
Valdría la pena reflexionar un poco bajo qué punto de vista consideraba este filósofo la inferioridad de la mujer frente al hombre, ya que aceptaba que la mujer podía desempeñarse en las mismas labores del hombre. Por tanto, surge un interrogante: ¿Qué entendía Platón, para este caso, como inferior?
Aristóteles por su parte consideró que lo justo es que mande el más fuerte, o sea el macho, pues la naturaleza es superior y está mejor dotado que la hembra, y la hembra debe obedecer por ser inferior.
De esta forma, podemos ver que Aristóteles aclara la posición de su maestro, pues se refiere a la superioridad del hombre sobre la mujer desde un perfil biológico o animal. Hace referencia a la fortaleza o fuerza física que posee el hombre en términos generales. Implícitamente deja ver que el hombre debe desarrollar determinadas labores no recomendables a la mujer.
Esa diferencia de labores entre el hombre y la mujer la encontramos en la época de la Masonería Operativa. Pues, algunos investigadores afirman que la construcción se hallaba perfectamente unida al propio proceso interno del Masón, por lo que el rito y el símbolo se cumplían al mismo tiempo que el edificio externo se iba levantando.
Es importante destacar que esa labor sólo la desarrollaban los hombres, ya que la mujer tenía sus propios ritos iniciáticos ajustados a oficios específicamente femeninos como el tejido, tenemos el caso de las Hiladoras de Seda.
A pesar que el oficio del tejido estaba más relacionado con la mujer, se encontraron casos en que el mismo era desarrollado por el hombre y la mujer en forma conjunta. Esto sucedió, por ejemplo, en la Edad Media occidental con el arte de la tapicería para adornar las catedrales construidas precisamente por los Masones. Es de anotar, que tanto los tapiceros como las tapiceras eran dirigidos en sus labores por maestras tejedoras y bordadoras, enseñando así la técnica del oficio y también transmitían el código simbólico. De esta forma, podemos ver la superioridad del elemento femenino en el arte del tejido.
Por otra parte, muchos siglos después de abrirse esta discusión, Juan Jacobo Rousseau era de los que opinaba que lo único en común entre el hombre y la mujer era la especie y su diferencia es el sexo, el uno activo y fuerte, el otro pasivo y débil. En este sentido, a pesar de vivir Rousseau otro momento histórico, siguió opinando lo mismo que los antiguos filósofos griegos. Asimismo plantea que es un error de la mujer cuando se queja de la injusta desigualdad en que la ha puesto el hombre. Que esta desigualdad es obra de la razón y no de la intuición humana. Además, el hombre y la mujer no deben tener la misma educación, y por último, el fin de los trabajos es común, pero los mismos son diferentes. Es evidente que algunas teorías de Rousseau influyeron poderosamente en la Revolución francesa, cosa muy distinta sucedió cuando opinó sobre la igualdad de los deberes y derechos de la mujer y el hombre. Su carácter apasionado por volver a la virtud primitiva, no le permitió ver el mundo prospectivo de la mujer. Por su mente nunca pasó que la mujer podía desempeñarse en oficios del hombre con la misma o mejor eficiencia y eficacia del varón. Oficios estos, que el mismo hombre se había asignado para él desde la antigüedad.
Después de soportar el grado de desigualdad a que fue sometida la mujer durante miles de años, ésta consiguió liberarse de la misma, aunque no del todo, pero su avance ha sido muy significativo. Su vinculación en el mercado laboral, configura una nueva y reciente etapa en la historia de la humanidad. Nueva, porque trae consigo cambios importantes en los procesos y relaciones sociales, los cuales están aún en gestación. Reciente, debido a que en una historia de la humanidad que la contamos en miles de años, podríamos señalar que sólo a la mitad del siglo XX, ha irrumpido la mujer en el mundo laboral. Así pues, para la década de los treinta del siglo pasado, la mayoría de las mujeres debían estar fincadas a su familia. En el evento en que éstas salieran a trabajar en las fábricas eran mal vistas.
El ingreso de la mujer trabajadora posibilita su independencia y, no menos importante, el contacto con otras mujeres en sus mismas condiciones, permite la toma de conciencia de su situación como mujer y la defensa activa de sus propias reivindicaciones.
Los nuevos patrones de inserción laboral de las mujeres son, de hecho, una de las manifestaciones de la profunda transformación en la familia.
En un documento de las Naciones Unidas escrito en 1980 se afirma: Aún cuando las mujeres representan más del 50% de la población mundial, aportan una tercera parte de la fuerza laboral oficial y cumplen con dos tercios de todas las horas de trabajo, poseen menos del 1% de las propiedades del mundo y reciben sólo una décima parte de los ingresos mundiales, es decir, están todavía marginadas de los recursos económicos, sociales y políticos de sus países.
Por otra parte, en un informe de la Fundación CODEPSA de España, dado a conocer en la primera semana del mes de agosto de 2000, señala que el número de familias latinoamericanas sostenidas económicamente por la mujer aumentó en los últimos años y alcanzó al 60% de los hogares más pobres. Dice el informe, además, que las latinoamericanas sufren más el desempleo –la tasa superaba el 50% en 1998–, consiguen peores trabajos, cobran menos en igualdad de condiciones, y a diferencia de los hombres, destinan todos sus ingresos a la familia, mientras los varones apenas aportan el 40%. Su participación en la actividad económica, alcanza una tasa media del 44,7%, frente al 60% de Estados Unidos de América o Canadá, porcentaje que disminuye al 28% en caso de mujeres que viven en pareja.
El informe, también dice que las mujeres de Latino América necesitan un mayor nivel de estudios para acceder a las mismas oportunidades de empleo que los hombres, cuatro años más para obtener iguales ingresos y dos años más para acceder a una ocupación formal. Además, ganan, como media, un 36% menos de lo que ganan los hombres por el mismo trabajo, sufren peores condiciones de contratación, con jornadas no adaptadas a sus necesidades y menor protección social.
Por otra parte, a manera de ubicación contextual, es necesario referirnos a los cambios acaecidos en Colombia a partir de la segunda mitad del siglo XX y a las situaciones paradójicas presentes en ellos, que afectan particularmente a la población femenina.
En Colombia, como en el resto de Latinoamérica, la tasa de participación en las últimas tres décadas, se ha incrementado impresionantemente. Según cálculos del PREALE, lo fue en la región del 120%. En Colombia el efecto ha sido mucho más fuerte que en el resto de la región: entre 1988 y 1989, lo fue del 34%, mientras que Venezuela participó con el 21%, Brasil el 22% y Chile el 31%. De acuerdo con el Plan de las Naciones Unidas (PNUD), estas cifras comparativas con otros países de la región se incrementaron en la década de los noventa; mientras en nuestro país la participación de la mujer en la actividad laboral en 1995, lo era del 46,6%, en Argentina lo fue del 36,7%, en Brasil del 38,5%, Ecuador del 27,6%, Guatemala del 20,7% y en México del 30,5%. A pesar de que la participación femenina en el mercado laboral en la década de los noventa en nuestro país fue muy significativa, su participación en el desempleo lo fue también más alta. Luego, tres de cada diez ocupados son mujeres, seis de cada diez son desocupadas y cinco de cada diez son trabajadoras informales.
También es interesante indicar que en la década de los noventa, el crecimiento de la participación de la mujer en el mercado laboral fue más acelerado que el de los hombres: de hecho la tasa de ocupación femenina varió de 37.7 en 1990 a 39.9 en 1996 y en 1998, alcanzó a 42,9, en tanto que la de los hombres se mantuvo casi estable e, incluso, registra una leve disminución entre 1995 y 1996. No obstante, las diferencias de participación entre uno y otro sexo, la tasa de desocupación femenina es casi el doble de la masculina en 1996, 7.4 para los hombres y 13.7 para las mujeres
.
Si bien las mujeres han logrado conquistas significativas en el mercado laboral, la estructura de este mercado y la parte ocupacional muestran situaciones muy diferenciadas por género. Por ejemplo, los hombres siempre han recibido mayores remuneraciones salariales. Mientras en 1990 los hombres ganaban un salario promedio por hora de $1.281, las mujeres ganaban $987; en 1995, los hombres devengaban $1.466 y las mujeres $1.150. Claro está que en términos porcentuales esta diferencia ha ido mejorando. Así tenemos, en 1976, los hombres ganaban un salario promedio por hora 65% superior al de las mujeres; en 1990 esta diferencia porcentual pasó a 29,8% y en 1995 bajó al 26,9%. Con todo, aún se mantiene la desigualdad.
Las preferencias profesionales de la mujer la ubican en términos generales en actividades con alta concentración en la pequeña empresa y en la microempresa, las cuales ofrecen peores condiciones de empleo, como mayor inestabilidad, mayor proporción de contratos temporales y menor productividad.
A lo anterior le podemos agregar una ampliación exagerada de su jornada diaria de trabajo, en cuanto ésta se prolonga en el hogar, generándose lo que ha sido conocido como la doble jornada de trabajo, que en ocasiones se triplica cuando se acompaña de estudios o participación en programas de actualización o capacitación, y se cuadruplica cuando la mujer opta por ejercer sus derechos y deberes como ciudadana, miembro de una comunidad, o integrante de un gremio, cuando opta por el ejercicio de la política.
En Colombia la Ley 158 de 1998 discrimina la participación laboral de la mujer en cargos decisorios del Estado colombiano
Por último, no podríamos terminar nuestros comentarios sin referirnos a la Ley 158 de 1998, que ordena a las entidades públicas en Colombia y a las tres ramas del poder público, conceder a las mujeres el 30% de sus vacantes en cargos decisorios.
La Corte Constitucional revisó la ley mencionada y condicionó que la participación adecuada de la mujer se deberá aplicar gradualmente en la medida que los cargos del máximo nivel decisorio y de otros niveles decisorios vayan quedando vacantes ya que no se puede generar una crisis en el funcionamiento del Estado. Pero, ¿por qué los Honorables Magistrados de la Corte Constitucional piensan que se puede generar una crisis en el funcionamiento del Estado al darle cumplimiento a ese reducido, humillante y discriminatorio porcentaje? …¿O es que consideran todavía que la mujer colombiana no está preparada para ocupar cargos de máximo nivel decisorio? La práctica nos demuestra todo lo contrario, hemos tenido y tenemos mujeres en dichos cargos y se han desempeñado con lujo de competencia, es más, un porcentaje muy significativo de ellas no se deja seducir porque son una barrera contra la corrupción; en cambio, el varón ha demostrado su debilidad frente a esta clase de hechos. Los ejemplos sobran: ¿cuántos Senadores, Representantes a la Cámara, Alcaldes, Gobernadores, Directores o Gerentes de empresas del Estado, Ministros, Procuradores, Contralores, Oficiales y Sub-Oficiales de la Policía, de las Fuerzas Armadas, Jueces, etc. están o han estado tras las rejas de una cárcel por corruptos?
Pues bien, siendo este país un país de leyes, no alcanzamos a entender como después de 16 años de haberse sancionada y promulgada la Constitución Política, donde sus Artículos 13 y 43 son taxativos en señalar que la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. Que la mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Sin embargo, a pesar de ser profanos en materia de derecho, nos atrevemos a opinar sobre el mismo, ya que vemos con mucha preocupación que el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria viole flagrantemente la Carta. Primero, al aceptar que la participación de la mujer sea del 30% y no haber declarado la inexequibilidad de la ley en referencia en vista que va en contraposición de nuestra Constitución como lo acabamos de ver. ¿No creen Uds. amigos lectores que lo correcto hubiese sido que la ley reglamentara la participación –tanto de mujeres y hombres en igualdad de condiciones– en estos cargos mediante concursos públicos de méritos con un gran sentido de transparencia? Que los mismos sean ocupados por los más capacitados para bien de la sociedad colombiana y hacer de nuestro país un Estado más eficaz y eficiente en su administración pública.
Por lo expuesto, estimamos, que la ley no debió establecer porcentaje alguno en esta materia porque al hacerlo, de hecho entra a discriminar la igualdad de derechos y oportunidades entre los dos sexos. … ¿Será que estamos equivocados? …Si no es así, ¿por qué las mujeres –sobre todo las abogadas– no han demandado dicha ley para que la Corte la declare inexequible?
En segundo lugar, ¿Por qué la mujer colombiana tuvo que esperar más de nueve años para reconocerle, apenas parcialmente, sus derechos constitucionales? Peor aún, la ley en referencia debió aplicarse a partir del primero de septiembre de 1999. ¿Por qué no se hizo? ¿Es que nos preocupa la llegada de la mujer con apenas un 30% a los cargos decisorios del Estado? O ¿Es que todavía estamos en la época de los dinosaurios? Pues, dejemos de ser dinosaurios como lo expresa la investigadora, escritora, ensayista y defensora de los derechos de la mujer, Dra. Rafaela Vos Obeso.
Pero, mientras La Corte Constitucional nos da el mal ejemplo infringiendo la Norma de Normas, paradójicamente el ex alcalde Mayor de Bogotá, Dr. Enrique Peñalosa Londoño, según la revista Credencial del mes de agosto de 2000, le dio participación a la mujer de un 70% en los cargos públicos.
El Dr. Peñalosa señala que, todas resultaron ser unas mujeres realmente sorprendentes, capaces, brillantes. Dice, que no sabe por qué no se habían fijado en ellas. Que son distintas a los hombres por tener una rara capacidad de trabajo en equipo, con claro sentido de las distintas estrategias. Asimismo dice que, muchas de las funcionarias no llegaron directamente a sus altos cargos; buena parte ascendió por méritos. Termina diciendo el Dr. Enrique Peñalosa, puedo afirmar, sin duda alguna, que el equipo de la Alcaldía Mayor de Bogotá es de lo mejor que se puede conseguir hoy en Colombia, ya sea en el campo público o privado.
Quiera el G:. A:. D:. U:. que Colombia tenga por lo menos unos diez o veinte o más «Enriques Peñalosas» para que en forma decisiva salga de la era del dinosaurio y le reconozca definitivamente la igualdad de deberes y derechos de las mujeres frente a los hombres y se acabe de una vez por todas la discriminación género que tanto daño le hace a la familia y a la sociedad colombiana en general. Los hombres y las mujeres aveces vivimos de utopía. Pero la lucha femenina por la no discriminación al fin y al cabo será un plan posible de realizar.
Valdría la pena reflexionar un poco bajo qué punto de vista consideraba este filósofo la inferioridad de la mujer frente al hombre, ya que aceptaba que la mujer podía desempeñarse en las mismas labores del hombre. Por tanto, surge un interrogante: ¿Qué entendía Platón, para este caso, como inferior?
Aristóteles por su parte consideró que lo justo es que mande el más fuerte, o sea el macho, pues la naturaleza es superior y está mejor dotado que la hembra, y la hembra debe obedecer por ser inferior.
De esta forma, podemos ver que Aristóteles aclara la posición de su maestro, pues se refiere a la superioridad del hombre sobre la mujer desde un perfil biológico o animal. Hace referencia a la fortaleza o fuerza física que posee el hombre en términos generales. Implícitamente deja ver que el hombre debe desarrollar determinadas labores no recomendables a la mujer.
Esa diferencia de labores entre el hombre y la mujer la encontramos en la época de la Masonería Operativa. Pues, algunos investigadores afirman que la construcción se hallaba perfectamente unida al propio proceso interno del Masón, por lo que el rito y el símbolo se cumplían al mismo tiempo que el edificio externo se iba levantando.
Es importante destacar que esa labor sólo la desarrollaban los hombres, ya que la mujer tenía sus propios ritos iniciáticos ajustados a oficios específicamente femeninos como el tejido, tenemos el caso de las Hiladoras de Seda.
A pesar que el oficio del tejido estaba más relacionado con la mujer, se encontraron casos en que el mismo era desarrollado por el hombre y la mujer en forma conjunta. Esto sucedió, por ejemplo, en la Edad Media occidental con el arte de la tapicería para adornar las catedrales construidas precisamente por los Masones. Es de anotar, que tanto los tapiceros como las tapiceras eran dirigidos en sus labores por maestras tejedoras y bordadoras, enseñando así la técnica del oficio y también transmitían el código simbólico. De esta forma, podemos ver la superioridad del elemento femenino en el arte del tejido.
Por otra parte, muchos siglos después de abrirse esta discusión, Juan Jacobo Rousseau era de los que opinaba que lo único en común entre el hombre y la mujer era la especie y su diferencia es el sexo, el uno activo y fuerte, el otro pasivo y débil. En este sentido, a pesar de vivir Rousseau otro momento histórico, siguió opinando lo mismo que los antiguos filósofos griegos. Asimismo plantea que es un error de la mujer cuando se queja de la injusta desigualdad en que la ha puesto el hombre. Que esta desigualdad es obra de la razón y no de la intuición humana. Además, el hombre y la mujer no deben tener la misma educación, y por último, el fin de los trabajos es común, pero los mismos son diferentes. Es evidente que algunas teorías de Rousseau influyeron poderosamente en la Revolución francesa, cosa muy distinta sucedió cuando opinó sobre la igualdad de los deberes y derechos de la mujer y el hombre. Su carácter apasionado por volver a la virtud primitiva, no le permitió ver el mundo prospectivo de la mujer. Por su mente nunca pasó que la mujer podía desempeñarse en oficios del hombre con la misma o mejor eficiencia y eficacia del varón. Oficios estos, que el mismo hombre se había asignado para él desde la antigüedad.
Después de soportar el grado de desigualdad a que fue sometida la mujer durante miles de años, ésta consiguió liberarse de la misma, aunque no del todo, pero su avance ha sido muy significativo. Su vinculación en el mercado laboral, configura una nueva y reciente etapa en la historia de la humanidad. Nueva, porque trae consigo cambios importantes en los procesos y relaciones sociales, los cuales están aún en gestación. Reciente, debido a que en una historia de la humanidad que la contamos en miles de años, podríamos señalar que sólo a la mitad del siglo XX, ha irrumpido la mujer en el mundo laboral. Así pues, para la década de los treinta del siglo pasado, la mayoría de las mujeres debían estar fincadas a su familia. En el evento en que éstas salieran a trabajar en las fábricas eran mal vistas.
El ingreso de la mujer trabajadora posibilita su independencia y, no menos importante, el contacto con otras mujeres en sus mismas condiciones, permite la toma de conciencia de su situación como mujer y la defensa activa de sus propias reivindicaciones.
Los nuevos patrones de inserción laboral de las mujeres son, de hecho, una de las manifestaciones de la profunda transformación en la familia.
En un documento de las Naciones Unidas escrito en 1980 se afirma: Aún cuando las mujeres representan más del 50% de la población mundial, aportan una tercera parte de la fuerza laboral oficial y cumplen con dos tercios de todas las horas de trabajo, poseen menos del 1% de las propiedades del mundo y reciben sólo una décima parte de los ingresos mundiales, es decir, están todavía marginadas de los recursos económicos, sociales y políticos de sus países.
Por otra parte, en un informe de la Fundación CODEPSA de España, dado a conocer en la primera semana del mes de agosto de 2000, señala que el número de familias latinoamericanas sostenidas económicamente por la mujer aumentó en los últimos años y alcanzó al 60% de los hogares más pobres. Dice el informe, además, que las latinoamericanas sufren más el desempleo –la tasa superaba el 50% en 1998–, consiguen peores trabajos, cobran menos en igualdad de condiciones, y a diferencia de los hombres, destinan todos sus ingresos a la familia, mientras los varones apenas aportan el 40%. Su participación en la actividad económica, alcanza una tasa media del 44,7%, frente al 60% de Estados Unidos de América o Canadá, porcentaje que disminuye al 28% en caso de mujeres que viven en pareja.
El informe, también dice que las mujeres de Latino América necesitan un mayor nivel de estudios para acceder a las mismas oportunidades de empleo que los hombres, cuatro años más para obtener iguales ingresos y dos años más para acceder a una ocupación formal. Además, ganan, como media, un 36% menos de lo que ganan los hombres por el mismo trabajo, sufren peores condiciones de contratación, con jornadas no adaptadas a sus necesidades y menor protección social.
Por otra parte, a manera de ubicación contextual, es necesario referirnos a los cambios acaecidos en Colombia a partir de la segunda mitad del siglo XX y a las situaciones paradójicas presentes en ellos, que afectan particularmente a la población femenina.
En Colombia, como en el resto de Latinoamérica, la tasa de participación en las últimas tres décadas, se ha incrementado impresionantemente. Según cálculos del PREALE, lo fue en la región del 120%. En Colombia el efecto ha sido mucho más fuerte que en el resto de la región: entre 1988 y 1989, lo fue del 34%, mientras que Venezuela participó con el 21%, Brasil el 22% y Chile el 31%. De acuerdo con el Plan de las Naciones Unidas (PNUD), estas cifras comparativas con otros países de la región se incrementaron en la década de los noventa; mientras en nuestro país la participación de la mujer en la actividad laboral en 1995, lo era del 46,6%, en Argentina lo fue del 36,7%, en Brasil del 38,5%, Ecuador del 27,6%, Guatemala del 20,7% y en México del 30,5%. A pesar de que la participación femenina en el mercado laboral en la década de los noventa en nuestro país fue muy significativa, su participación en el desempleo lo fue también más alta. Luego, tres de cada diez ocupados son mujeres, seis de cada diez son desocupadas y cinco de cada diez son trabajadoras informales.
También es interesante indicar que en la década de los noventa, el crecimiento de la participación de la mujer en el mercado laboral fue más acelerado que el de los hombres: de hecho la tasa de ocupación femenina varió de 37.7 en 1990 a 39.9 en 1996 y en 1998, alcanzó a 42,9, en tanto que la de los hombres se mantuvo casi estable e, incluso, registra una leve disminución entre 1995 y 1996. No obstante, las diferencias de participación entre uno y otro sexo, la tasa de desocupación femenina es casi el doble de la masculina en 1996, 7.4 para los hombres y 13.7 para las mujeres
.
Si bien las mujeres han logrado conquistas significativas en el mercado laboral, la estructura de este mercado y la parte ocupacional muestran situaciones muy diferenciadas por género. Por ejemplo, los hombres siempre han recibido mayores remuneraciones salariales. Mientras en 1990 los hombres ganaban un salario promedio por hora de $1.281, las mujeres ganaban $987; en 1995, los hombres devengaban $1.466 y las mujeres $1.150. Claro está que en términos porcentuales esta diferencia ha ido mejorando. Así tenemos, en 1976, los hombres ganaban un salario promedio por hora 65% superior al de las mujeres; en 1990 esta diferencia porcentual pasó a 29,8% y en 1995 bajó al 26,9%. Con todo, aún se mantiene la desigualdad.
Las preferencias profesionales de la mujer la ubican en términos generales en actividades con alta concentración en la pequeña empresa y en la microempresa, las cuales ofrecen peores condiciones de empleo, como mayor inestabilidad, mayor proporción de contratos temporales y menor productividad.
A lo anterior le podemos agregar una ampliación exagerada de su jornada diaria de trabajo, en cuanto ésta se prolonga en el hogar, generándose lo que ha sido conocido como la doble jornada de trabajo, que en ocasiones se triplica cuando se acompaña de estudios o participación en programas de actualización o capacitación, y se cuadruplica cuando la mujer opta por ejercer sus derechos y deberes como ciudadana, miembro de una comunidad, o integrante de un gremio, cuando opta por el ejercicio de la política.
En Colombia la Ley 158 de 1998 discrimina la participación laboral de la mujer en cargos decisorios del Estado colombiano
Por último, no podríamos terminar nuestros comentarios sin referirnos a la Ley 158 de 1998, que ordena a las entidades públicas en Colombia y a las tres ramas del poder público, conceder a las mujeres el 30% de sus vacantes en cargos decisorios.
La Corte Constitucional revisó la ley mencionada y condicionó que la participación adecuada de la mujer se deberá aplicar gradualmente en la medida que los cargos del máximo nivel decisorio y de otros niveles decisorios vayan quedando vacantes ya que no se puede generar una crisis en el funcionamiento del Estado. Pero, ¿por qué los Honorables Magistrados de la Corte Constitucional piensan que se puede generar una crisis en el funcionamiento del Estado al darle cumplimiento a ese reducido, humillante y discriminatorio porcentaje? …¿O es que consideran todavía que la mujer colombiana no está preparada para ocupar cargos de máximo nivel decisorio? La práctica nos demuestra todo lo contrario, hemos tenido y tenemos mujeres en dichos cargos y se han desempeñado con lujo de competencia, es más, un porcentaje muy significativo de ellas no se deja seducir porque son una barrera contra la corrupción; en cambio, el varón ha demostrado su debilidad frente a esta clase de hechos. Los ejemplos sobran: ¿cuántos Senadores, Representantes a la Cámara, Alcaldes, Gobernadores, Directores o Gerentes de empresas del Estado, Ministros, Procuradores, Contralores, Oficiales y Sub-Oficiales de la Policía, de las Fuerzas Armadas, Jueces, etc. están o han estado tras las rejas de una cárcel por corruptos?
Pues bien, siendo este país un país de leyes, no alcanzamos a entender como después de 16 años de haberse sancionada y promulgada la Constitución Política, donde sus Artículos 13 y 43 son taxativos en señalar que la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. Que la mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Sin embargo, a pesar de ser profanos en materia de derecho, nos atrevemos a opinar sobre el mismo, ya que vemos con mucha preocupación que el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria viole flagrantemente la Carta. Primero, al aceptar que la participación de la mujer sea del 30% y no haber declarado la inexequibilidad de la ley en referencia en vista que va en contraposición de nuestra Constitución como lo acabamos de ver. ¿No creen Uds. amigos lectores que lo correcto hubiese sido que la ley reglamentara la participación –tanto de mujeres y hombres en igualdad de condiciones– en estos cargos mediante concursos públicos de méritos con un gran sentido de transparencia? Que los mismos sean ocupados por los más capacitados para bien de la sociedad colombiana y hacer de nuestro país un Estado más eficaz y eficiente en su administración pública.
Por lo expuesto, estimamos, que la ley no debió establecer porcentaje alguno en esta materia porque al hacerlo, de hecho entra a discriminar la igualdad de derechos y oportunidades entre los dos sexos. … ¿Será que estamos equivocados? …Si no es así, ¿por qué las mujeres –sobre todo las abogadas– no han demandado dicha ley para que la Corte la declare inexequible?
En segundo lugar, ¿Por qué la mujer colombiana tuvo que esperar más de nueve años para reconocerle, apenas parcialmente, sus derechos constitucionales? Peor aún, la ley en referencia debió aplicarse a partir del primero de septiembre de 1999. ¿Por qué no se hizo? ¿Es que nos preocupa la llegada de la mujer con apenas un 30% a los cargos decisorios del Estado? O ¿Es que todavía estamos en la época de los dinosaurios? Pues, dejemos de ser dinosaurios como lo expresa la investigadora, escritora, ensayista y defensora de los derechos de la mujer, Dra. Rafaela Vos Obeso.
Pero, mientras La Corte Constitucional nos da el mal ejemplo infringiendo la Norma de Normas, paradójicamente el ex alcalde Mayor de Bogotá, Dr. Enrique Peñalosa Londoño, según la revista Credencial del mes de agosto de 2000, le dio participación a la mujer de un 70% en los cargos públicos.
El Dr. Peñalosa señala que, todas resultaron ser unas mujeres realmente sorprendentes, capaces, brillantes. Dice, que no sabe por qué no se habían fijado en ellas. Que son distintas a los hombres por tener una rara capacidad de trabajo en equipo, con claro sentido de las distintas estrategias. Asimismo dice que, muchas de las funcionarias no llegaron directamente a sus altos cargos; buena parte ascendió por méritos. Termina diciendo el Dr. Enrique Peñalosa, puedo afirmar, sin duda alguna, que el equipo de la Alcaldía Mayor de Bogotá es de lo mejor que se puede conseguir hoy en Colombia, ya sea en el campo público o privado.
Quiera el G:. A:. D:. U:. que Colombia tenga por lo menos unos diez o veinte o más «Enriques Peñalosas» para que en forma decisiva salga de la era del dinosaurio y le reconozca definitivamente la igualdad de deberes y derechos de las mujeres frente a los hombres y se acabe de una vez por todas la discriminación género que tanto daño le hace a la familia y a la sociedad colombiana en general. Los hombres y las mujeres aveces vivimos de utopía. Pero la lucha femenina por la no discriminación al fin y al cabo será un plan posible de realizar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario